Salon Comunal

En este Calendario puede apartar el Salon Social para la fecha que Ud solicite, favor diligenciarlo para su aprobacion.

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Artículo Vigésimo Primero. – Uso del salón comunal: Se deben observar las siguientes reglas:

  1. El Salón Comunal es para uso exclusivo de propietarios y residentes, quienes deberán estar a Paz y Salvo por todo concepto con la Administración
  2. El salón comunal se destinará para reuniones familiares. Entre las reuniones familiares permitidas se enumeran las siguientes: Fiestas infantiles, Cumpleaños, Primeras Comuniones, Bautizos, Grados, Aniversarios, Showers, Matrimonios, exclusivamente de propietarios o sus hijos. También se utilizará para reuniones de la Asamblea de Copropietarios, reuniones del Consejo de Administración y Comité de Convivencia, y cuando el Consejo de Administración lo decida, podrán realizarse reuniones de eventos especiales como día de los niños (Halloween), día del amor y la amistad, rituales religiosos conmemorativos, novenas, etc., que involucran alguna actividad de costumbre o credo para los copropietarios.
  3. El uso o alquiler para eventos sociales tendrá un costo de $125.000.
  4. Se debe reservar el salón comunal con ocho (8) días de anticipación al evento.
  5. Previamente al evento o reunión social se debe dejar un depósito en recepción equivalente a $300.000 como garantía de cualquier daño que se pueda ocasionar a las zonas comunes como consecuencia del evento. El depósito será reembolsado por la administración una vez se constate que no se causó ningún daño; si lo hubiere, la Administración autorizará el arreglo correspondiente, y si el valor es inferior al depósito, devolverá el saldo con la factura correspondiente, o si su costo es superior, realizará el cobro del valor excedente correspondiente en el recibo del valor de la administración del residente involucrado.
  6. Una vez terminado el evento o reunión social, el portero junto con el residente responsable verificará el estado del salón comunal y/o de las zonas comunes aledañas del edificio. El resultado de dicha verificación quedará registrado en la planilla de inspección. Si todo está correcto, se firmará a satisfacción, y si algo no quedó en buen estado, quedará anotado en el formato respectivo. Ese formato tendrá un original y una copia. El original será presentado por el copropietario o residente a la Administración, para que en caso de que todo haya quedado bien, se le devuelva el depósito.
  7. En un (1) día, sólo se prestará el Salón Comunal para un (1) evento por jornada. Esto por cuestiones del aseo que debe realizarse al Salón, y por la preparación previa para cada actividad. Las solicitudes de excepción a esta regla deberán ser presentadas a la Administración para su evaluación respectiva.
  8. El propietario y/o residente es el responsable del uso del Salón Comunal y de los daños que se ocasionen.
  9. El Salón Comunal se le entregará al propietario o residente mediante el diligenciamiento del formato de alquiler e inventario, en el que se especifica el estado de entrega, reglamento de utilización y valor del depósito. Este documento se firmará por las partes.
  10. Para la decoración del Salón Comunal no podrán utilizarse puntillas, cintas pegantes o pegantes en paredes, techos o puertas. Las únicas cintas permitidas son cintas invisibles o cinta de enmascarar, las cuales no dañan la pintura de la pared.
  11. El Salón Comunal será entregado por el copropietario o residente en las mismas condiciones en que lo recibió.
  12. Se prohíbe el consumo de tabaco o sus derivados y de sustancias alucinógenas o sicotrópicas en el Salón Comunal.
  13. Los niños en el Salón Comunal deben estar acompañados de un adulto responsable.
  14. No se permite realizar reuniones en el Salón Comunal que sean de carácter político, lucrativo o promocional, ni despedidas de empresas, universidades y colegios.
  15. La música en el Salón Comunal podrá tener un volumen que no supere los 45 decibeles, permitidos y regulados por la ley distrital y nacional. No se permite la utilización de sonido profesional. Si hubiera músicos, estos no pueden tocar por fuera del Salón Comunal, ni en horarios diferentes a los establecidos.
  16. No se permitirá el ingreso al Salón Comunal de armas de fuego, sustancias inflamables o explosivas que representen peligro para la copropiedad.
  17. El Salón Comunal está en capacidad de alojar aproximadamente a 100 personas.
  18. La puerta del Salón Comunal debe permanecer cerrada durante la realización del evento y sus asistentes no deben estar en otras áreas del Edificio.
  19. Está prohibido el ingreso de mascotas al Salón Comunal.
  20. Para asear, recoger mesas, sillas y/o cualquier elemento del Salón Comunal, después de un evento nocturno, el responsable del alquiler podrá hacer estos movimientos, únicamente en horario diurno, entre las 9:00 a.m. y las 11:00 a.m., del día siguiente.

Artículo Vigésimo Segundo.- Horario de eventos en el Salón Comunal: El horario para el uso del Salón Comunal es el siguiente:

  1. Desde las 9:00 a.m. hasta las 10:00 p.m., de domingo a jueves, y hasta las 11:00 p.m., los días viernes, sábado y domingo antes de festivo. Se contará con un cuarto de hora para que el salón sea cerrado por vigilancia.
  2. Es responsabilidad de los anfitriones de la reunión verificar y aprobar el ingreso de personas a la reunión especifica.
  3. Los anfitriones de la reunión deben previamente informar los nombres de las personas que quieren usar los parqueaderos de visitantes, y autorizar su ingreso el día de la reunión.

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