Salon Comunal

En este Calendario puede apartar el Salon Social para la fecha que Ud solicite, favor diligenciarlo para su aprobacion.
Artículo Vigésimo Primero. – Uso del salón comunal: Se deben observar las siguientes reglas:
- El Salón Comunal es para uso exclusivo de propietarios y residentes, quienes deberán estar a Paz y Salvo por todo concepto con la Administración
- El salón comunal se destinará para reuniones familiares. Entre las reuniones familiares permitidas se enumeran las siguientes: Fiestas infantiles, Cumpleaños, Primeras Comuniones, Bautizos, Grados, Aniversarios, Showers, Matrimonios, exclusivamente de propietarios o sus hijos. También se utilizará para reuniones de la Asamblea de Copropietarios, reuniones del Consejo de Administración y Comité de Convivencia, y cuando el Consejo de Administración lo decida, podrán realizarse reuniones de eventos especiales como día de los niños (Halloween), día del amor y la amistad, rituales religiosos conmemorativos, novenas, etc., que involucran alguna actividad de costumbre o credo para los copropietarios.
- El uso o alquiler para eventos sociales tendrá un costo de $125.000.
- Se debe reservar el salón comunal con ocho (8) días de anticipación al evento.
- Previamente al evento o reunión social se debe dejar un depósito en recepción equivalente a $300.000 como garantía de cualquier daño que se pueda ocasionar a las zonas comunes como consecuencia del evento. El depósito será reembolsado por la administración una vez se constate que no se causó ningún daño; si lo hubiere, la Administración autorizará el arreglo correspondiente, y si el valor es inferior al depósito, devolverá el saldo con la factura correspondiente, o si su costo es superior, realizará el cobro del valor excedente correspondiente en el recibo del valor de la administración del residente involucrado.
- Una vez terminado el evento o reunión social, el portero junto con el residente responsable verificará el estado del salón comunal y/o de las zonas comunes aledañas del edificio. El resultado de dicha verificación quedará registrado en la planilla de inspección. Si todo está correcto, se firmará a satisfacción, y si algo no quedó en buen estado, quedará anotado en el formato respectivo. Ese formato tendrá un original y una copia. El original será presentado por el copropietario o residente a la Administración, para que en caso de que todo haya quedado bien, se le devuelva el depósito.
- En un (1) día, sólo se prestará el Salón Comunal para un (1) evento por jornada. Esto por cuestiones del aseo que debe realizarse al Salón, y por la preparación previa para cada actividad. Las solicitudes de excepción a esta regla deberán ser presentadas a la Administración para su evaluación respectiva.
- El propietario y/o residente es el responsable del uso del Salón Comunal y de los daños que se ocasionen.
- El Salón Comunal se le entregará al propietario o residente mediante el diligenciamiento del formato de alquiler e inventario, en el que se especifica el estado de entrega, reglamento de utilización y valor del depósito. Este documento se firmará por las partes.
- Para la decoración del Salón Comunal no podrán utilizarse puntillas, cintas pegantes o pegantes en paredes, techos o puertas. Las únicas cintas permitidas son cintas invisibles o cinta de enmascarar, las cuales no dañan la pintura de la pared.
- El Salón Comunal será entregado por el copropietario o residente en las mismas condiciones en que lo recibió.
- Se prohíbe el consumo de tabaco o sus derivados y de sustancias alucinógenas o sicotrópicas en el Salón Comunal.
- Los niños en el Salón Comunal deben estar acompañados de un adulto responsable.
- No se permite realizar reuniones en el Salón Comunal que sean de carácter político, lucrativo o promocional, ni despedidas de empresas, universidades y colegios.
- La música en el Salón Comunal podrá tener un volumen que no supere los 45 decibeles, permitidos y regulados por la ley distrital y nacional. No se permite la utilización de sonido profesional. Si hubiera músicos, estos no pueden tocar por fuera del Salón Comunal, ni en horarios diferentes a los establecidos.
- No se permitirá el ingreso al Salón Comunal de armas de fuego, sustancias inflamables o explosivas que representen peligro para la copropiedad.
- El Salón Comunal está en capacidad de alojar aproximadamente a 100 personas.
- La puerta del Salón Comunal debe permanecer cerrada durante la realización del evento y sus asistentes no deben estar en otras áreas del Edificio.
- Está prohibido el ingreso de mascotas al Salón Comunal.
- Para asear, recoger mesas, sillas y/o cualquier elemento del Salón Comunal, después de un evento nocturno, el responsable del alquiler podrá hacer estos movimientos, únicamente en horario diurno, entre las 9:00 a.m. y las 11:00 a.m., del día siguiente.
Artículo Vigésimo Segundo.- Horario de eventos en el Salón Comunal: El horario para el uso del Salón Comunal es el siguiente:
- Desde las 9:00 a.m. hasta las 10:00 p.m., de domingo a jueves, y hasta las 11:00 p.m., los días viernes, sábado y domingo antes de festivo. Se contará con un cuarto de hora para que el salón sea cerrado por vigilancia.
- Es responsabilidad de los anfitriones de la reunión verificar y aprobar el ingreso de personas a la reunión especifica.
- Los anfitriones de la reunión deben previamente informar los nombres de las personas que quieren usar los parqueaderos de visitantes, y autorizar su ingreso el día de la reunión.
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