Salon Billar y Ping Pong

Artículo Vigésimo Octavo.- Uso de salón de juegos (billar, cartas, ping-pong, otros): Con respecto al salón de juegos de la copropiedad se deben observar las siguientes normas:
- El uso de dicho salón es exclusivo para propietarios y residentes, quienes pueden invitar a otras personas, que siempre deben estar acompañadas por el propietario y/o residente.
- El horario normal para la utilización del salón, de domingo a domingo, es de 7:00 a.m. a 11:00 p.m.
- Para utilizar las mesas de billar y de ping-pong se debe realizar el registro en la planilla de control que se encuentra en la recepción de la copropiedad. Allí se entregan las llaves, cuando no haya alguien en las instalaciones del salón de juegos.
- Para que todos los residentes tengan oportunidad de disfrutar de las mesas de billar y ping-pong, se establece un tiempo máximo de juego de una (1) hora consecutiva, tiempo prorrogable si otros residentes no están demandando su uso o esperando turno.
- No se permite el ingreso de dispositivos o elementos que pueden dañar el piso, tales como patines, patinetas, bicicletas o similares.
- No se permite el ingreso de niños menores de 7 años, a menos que estén acompañados por sus padres, su instructor o un mayor responsable.
- No se permite llevar sistemas o equipos de sonido al salón de juegos.
- No se permite el ingreso de mascotas.
- No se permite el ingreso ni el consumo de bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas o sicotrópicas, ni fumar cigarrillo ni sustancias derivadas del tabaco.
- No está permitido jugar con raquetas de tenis, bolas de tenis, balones de futbol y similares.
- Cualquier problema que se presente en el salón se deberá informar al vigilante y a la administradora.
- Ni la administración ni la copropiedad se hacen responsables por pérdidas de objetos dejados en el salón de juegos.
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